NOTA LEVANTADA DE CLARIN.COM
La jueza de instrucción María Angélica Crotto sobreseyó a los integrantes de la banda Callejeros en la causa que investigaba si los músicos pagaron coimas a la Policía para que no se controlaran las actividades del boliche República Cromañón, donde el 30 de diciembre de 2004 murieron 194 personas.
En su fallo, la magistrada desvinculó a los músicos del delito de "presunto cohecho" del que habían sido acusados por José Iglesias, el padre de una de las víctimas de la tragedia.
En su denuncia, Iglesias había considerado que el grupo de rock era socio de Omar Chabán –el gerenciador de Cromañón- en la organización de recitales.
Según la resolución de la jueza Crotto, los músicos de Callejeros eran "ajenos" a una suerte de acuerdo que había entre Chabán y la plana mayor de la Comisaría Séptima de la Policía Federal, que tiene jurisdicción sobre la zona en la que funcionaba Cromañón.
"La existencia de un pacto venal entre los policías y Chabán, con el objeto de que los primeros omitieran, a cambio de dinero, realizar todo acto tendiente a hacer cesar las infracciones en las que incurría el local República Cromañón, se encuentran fuera de discusión, al menos a esta altura del proceso", argumentó la magistrada.
En este sentido, Crotto añadió que "nada permite afirmar que todos o alguno de los integrantes (de Callejeros) conociera que la entrega dineraria por parte de Chabán y Raúl Villarreal fuera espuria, es decir que fuera una retribución por la omisión de control".
Para la jueza, si bien Chabán y Callejeros compartieron la organización de los recitales de fines de 2004 y repartieron las ganancias después de descontar los gastos, los músicos supusieron que lo que se pagaba como gastos de policía eran los conocidos "servicios adicionales".
Al desvincular a los integrantes de la banca de la responsabilidad en el supuesto cohecho, la jueza subrayó que "nadie que no estuviera al tanto de los términos del 'contrato' que ligaba a los policías con Chabán y Villarreal tenía motivos para dudar sobre la licitud del pago".
"La presencia de personal policial en las inmediaciones del lugar le daba un marco de legalidad al pacto espurio concertado, del cual los integrantes del grupo Callejeros eran ajenos", explicó.
"Ninguno de los imputados actuó con el dolo que exige la figura penal del cohecho activo, pues no tenían conocimiento de que parte de su dinero estaba siendo destinado al pago de sobornos, sino que lo efectuaban en la creencia de que era para el abono de la policía adicional", concluyó.


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